COCEMFE insta al cumplimiento de las nuevas normas europeas para autobuses
COCEMFE insta al cumplimiento de las nuevas normas europeas para autobuses
Hoy entra en vigor el Reglamento Europeo (Nº 181/2011) sobre los derechos de los viajeros en autocar y autobús por carretera, COCEMFE (Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica) insta al Ministerio de Fomento y las empresas prestadoras de servicios a su cumplimiento.
Este nuevo reglamento europeo incluye una serie de medidas destinadas a salvaguardar los derechos del colectivo de las personas con discapacidad y movilidad reducida, con mejoras sobre todo para trayectos cuya distancia sea igual o superior a 250 kilómetros. Tanto para distancias superiores como inferiores a 250 kilómetros, no se podrá denegar una reserva, billete o embarque por motivo de discapacidad o movilidad reducida. Además, tanto las reservas como los billetes se emitirán sin coste adicional alguno.
Los transportistas y los gestores de las estaciones serán los responsables de las pérdidas de sillas de ruedas, otros equipos de ayuda a la movilidad o dispositivos de asistencia y de los daños causados en ellos, siendo la indemnización igual al coste de sustitución o reparación de los mismos. Asimismo, el personal con trato directo con los viajeros recibirá formación específica sobre la problemática de la discapacidad, el trato adecuado que debe proporcionar a las personas según su tipo de discapacidad y la manipulación cuidadosa de los productos de apoyo y movilidad.
En los trayectos superiores a 250 kilómetros el reglamento además obliga a la prestación de asistencia gratuita a las personas con discapacidad y a las personas con movilidad reducida en las estaciones que determine el Ministerio de Fomento, así como en todos los autobuses y autocares. De este modo deberán estar asegurados los desplazamientos necesarios para facturar, permanecer en la sala de espera y embarcar; los apoyos requeridos para subir, tomar asiento y apearse del vehículo; y la asistencia para cargar y recuperar el equipaje.
COCEMFE recuerda que quedan dos años para que finalice el plazo para que se cumplan en su totalidad las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en las estaciones de autobuses e intercambiadores con un tráfico superior a un millón de viajeros anuales y en las estaciones de las capitales de provincia.
Entre las mejoras para el colectivo, incluidas en el Real Decreto 1544/2007, se encuentra la obligación de disponer de plazas reservadas en las estaciones con aparcamientos públicos, itinerarios exteriores e interiores accesibles, y mostradores, máquinas expendedoras, entradas y aseos accesibles.
Vía: COCEMFE